San Andrés Isla, abril 12 de 2019,
Teniendo en cuenta lo establecido en el ACUERDO No. 007 (21 DE MARZO DE 2019), “Por el cual se convoca y se reglamenta el procedimiento para la elección del representante de los Ex rectores ante el Consejo Directivo”
Y una vez recibidas las hojas de vida de dos (2) aspirantes, se procede a presentar listado de requisitos entregado por cada aspirante:
HOJA DE VIDA 1
NOMBRE DEL INSCRITO : ANNABELLA MARIANO DOMINGUEZ Cc: 41.558.171 de Bogotá No. DE FOLIOS: 31 | ENTREGADO | |
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REQUISITOS | SI | NO |
Hoja de vida. | X | |
Haber ostentado la calidad de Ex rector de una Institución de Educación Superior del Departamento Archipiélago. | X | |
Certificado de antecedentes disciplinarios de la Procuraduría General de la República. | X | |
Certificado de antecedentes fiscales de la Contraloría General de la República. | X | |
Certificación de antecedentes judiciales de la Policía Nacional. | X | |
Certificación bajo la gravedad del juramento que cumple con los requisitos para ser elegido y que no se encuentra en causales de inhabilidad o incompatibilidad. | X | |
Fotocopia Tarjeta de la OCCRE | X | |
Fotografía 3x4 | X |
HOJA DE VIDA 2
NOMBRE DEL INSCRITO : JOHANNIE LUCIA JAMES CRUZ Cc: 52.424.848 de Bogotá No. DE FOLIOS: 23 | ENTREGADO | |
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REQUISITOS | SI | NO |
Hoja de vida. | X | |
Haber ostentado la calidad de Ex rector de una Institución de Educación Superior del Departamento Archipiélago. | X | |
Certificado de antecedentes disciplinarios de la Procuraduría General de la República. | X | |
Certificado de antecedentes fiscales de la Contraloría General de la República. | X | |
Certificación de antecedentes judiciales de la Policía Nacional. | X | |
Certificación bajo la gravedad del juramento que cumple con los requisitos para ser elegido y que no se encuentra en causales de inhabilidad o incompatibilidad. | X | |
Fotocopia Tarjeta de la OCCRE | X | |
Fotografía 3x4 | X |
Una vez verificados los requisitos, se habilita la hoja de vida de la señora
JOHANNIE LUCIA JAMES CRUZ, cc: 52.424.848 de Bogotá, quien aportó
toda la documentación requerida, tal como lo establece el ACUERDO No. 007
(21 DE MARZO DE 2019).